Los derechos de las víctimas son enunciativos y deben interpretarse conforme a la Constitución, tratados internacionales y leyes, favoreciendo la protección más amplia de sus derechos.
I. Trato digno
Ser tratadas con humanidad y respeto por servidores públicos y particulares vinculados.
II. Ayuda y atención
Recibir asistencia oportuna, gratuita y sin generar nuevos traumas.
III. Verdad y justicia
Acceso a la verdad, justicia y reparación integral de manera eficaz y suficiente.
IV. Protección
Recibir medidas de protección inmediatas para garantizar su seguridad.
V. Acceso a la justicia
Participar activamente en todas las etapas del proceso penal con asesoría jurídica gratuita.
VI. Reparación del daño
Recibir medidas que restituyan sus derechos, compensen daños y garanticen no repetición.
VII. Asistencia jurídica
Contar con asesoría jurídica gratuita y especializada en todo el proceso legal.
VIII. Recibir información
Ser informadas de sus derechos, del proceso legal y de las actuaciones de las autoridades.
IX. Participación
Tomar parte en las decisiones que afecten sus intereses dentro del procedimiento penal.
X. Respeto a su dignidad
Ser tratadas con respeto, evitando juicios de valor o actitudes discriminatorias.
XI. Seguridad
Contar con protección personal y familiar para evitar nuevas agresiones o represalias.
XII. Confidencialidad
Resguardar su identidad y datos personales para proteger su integridad.
XIII. Asistencia médica y psicológica
Acceso a atención de salud especializada, inmediata y gratuita.
XIV. Medidas especiales para grupos vulnerables
Atención diferenciada según sus características o circunstancias especiales.
XV. Traducción e interpretación
Servicios gratuitos de intérprete o traductor si no hablan español o tienen discapacidad.
XVI. Acceso a servicios
Vinculación a programas sociales, de salud, educación o empleo para su recuperación.
XVII. Educación
Acceso a oportunidades educativas sin discriminación ni obstáculos derivados del delito.
XVIII. Capacitación y empleo
Acceso a programas que favorezcan su reinserción laboral y autosuficiencia económica.
XIX. Reubicación
Ser reubicadas en caso de riesgo, mediante medidas que garanticen su seguridad y bienestar.
XX. No revictimización
Evitar interrogatorios innecesarios y tratos que generen un nuevo sufrimiento.
XXI. Comunicación
Recibir comunicación clara, respetuosa y sin discriminación.
XXII. Atención médica
Acceso a servicios médicos y psicológicos gratuitos.
XXIII. Reparación integral
Obtener reparación por daños sufridos.
XXIV. No revictimización
Ser protegida contra acciones que causen daño adicional.
XXV. Participación comunitaria
Involucrarse en acciones para la prevención del delito.
XXVI. Reconocimiento
Ser reconocida y respetada por su valentía y derechos.
XXVII. Suspensión de plazos
Suspensión de términos para cumplimiento de obligaciones.
XXVIII. Protección especial
Medidas para víctimas en situación de vulnerabilidad.
XXIX. Difusión
Promover conocimiento público de sus derechos.
XXX. Acceso a justicia
Garantizar acceso efectivo a la justicia y reparación.